La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se perfila para declarar inconstitucional la exigencia de que las personas que quieran modificar su género en su acta de nacimiento deban ser mayores de edad.
La Primera Sala de la SCJN podría dar paso a que los menores de edad transgénero tengan derecho a la modificación de sus actas de nacimiento de acuerdo a su identidad sexogenérica sin tener que pasar por un juicio.
Para ello, la ministra Norma Lucía Peña Hernández presentará un proyecto, el cual consisite en proponerle a sus compañeros en la Primera Sala amparar a un menor de edad para que le permitan cambiar su identidad sexogenérica en su acta de nacimiento. Se espera que este proceso se realice directamente en el Registro Civil de la Ciudad de México, a través de un trámite administrativo y no mediante un juicio como le indicaron las autoridades.
«Los menos de edad sí tienen derecho a la adecuación de su acta de nacimiento con motivo de la identidad de género autopercibida, pues con ello el Estado mexicano cumple con su obligación constitucional de garantizar a las niñas, niños y adolescentes el pleno ejercicio de sus derechos fundamentales, como son el derecho al libre desarrollo de la personalidad, el derecho a la identidad, a la dignidad, a la igualdad y no discriminación, a la educación, a la salud, a una vida libre de violencia», expresó la ministra.
De conseguir que la SCJN respalde este proyecto, se asentaría un precedente en el reconocimiento de las infancias trans, no obstante, cada congreso tendrá que modificar los códigos civiles para acreditar este derecho, tal y como ha sucedido en Oaxaca, que recientemente logró conseguir el poder este trámite sin necesidad de amparos.