El Congreso ha aprobado el consumo de marihuana con fines lúdicos. La nueva Ley Federal para la Regulación del Cannabis se presentó en noviembre pasado en el Senado y luego se mandó a Cámara de Diputados para su revisión.
Los domicilios particulares donde haya cuando menos un consumidor podrán tener hasta seis plantas, que podrán convertirse en hasta ocho si hay dos consumidores o más. Con 316 votos a favor, 129 en contra y 23 abstenciones, la cámara baja avaló la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y las reformas de la Ley General de Salud y del Código Penal.
Esta legislación obedece a un mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que en 2018 declaró inconstitucional la prohibición del consumo lúdico de cannabis y que estableció el próximo 30 de abril como plazo máximo para su regulación.
Lo que está prohibido
Ya sea por comercio, cultivo o a través de las asociaciones, queda estrictamente prohibido el consumo por parte de menores de 18 años. De hecho, los menores de edad no podrán bajo ninguna circunstancia, trabajar en cualquier actividad relacionada con la producción, venta y consumo de cannabis.
Una persona podrá portar hasta 28 gramos de cannabis sin problema, pero de contar con de 28 a 200 gramos (sin alguna autorización expresa) podrá ser remitida a una autoridad administrativa, como un juez cívico. Ahí podrían aplicar multas de hasta 10,600 pesos.