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TEPJF declara inaplicable decreto que permitía a funcionarios promover la revocación

Un espectacular se observa en Mérida para votar a favor de que siga en su mandato el Presidente Andrés Manuel López Obrador, en el ejercicio de Revocación de Mandato. El artículo 35 de la Constitución establece que el INE será la única instancia encargada de difundir este ejercicio previsto para el 10 de abril e impulsado por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

En sesión privada y por mayoría de votos, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró inaplicable el Decreto de interpretación del concepto de “propaganda gubernamental” el pasado 17 de marzo y que permitía a servidores públicos promocionar la revocación de mandato.

El Tribunal también confirmó las medidas cautelares dictadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), que ordenó a la gobernadora de Campeche y a Morena eliminar de sus redes sociales la publicación en apoyo al presidente de la República, pues consideró que se trataba de propaganda gubernamental difundida en periodo prohibido.

A propuesta del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, la magistrada y los magistrados que votaron a favor consideraron que en virtud de la cercanía de la jornada electoral de votación de revocación de mandato y para efecto de dar certeza a los actores políticos, ciudadanía y autoridades, era necesario analizar si el Decreto de interpretación era aplicable.

Resolución sobre si el Decreto de interpretación era aplicable

Al respecto concluyeron que:

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