La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el precepto de ‘La Ley General de Salud’ que permitía que el personal médico y de enfermería pusiera su «conciencia» por encima de salvaguardar y garantizar el derecho a la salud. A esto se la llama «objeción de conciencia».
La sesión del Tribunal Pleno, anuló el artículo 10 Bis que establecía que la objeción del personal Nacional de Salud podía actuar siempre y cuando no se pusiera en riesgo la vida del paciente o se tratara de una urgencia médica, al establecerse que dicha Ley no establecía que esta se ejerciera sin poner en riesgo los derechos humanos de otras personas.
La próxima sesión tendrá un seguimiento a la discusión para resolver que efectos tendrá esta decisión.
El Presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar, publico en su cuenta de Twitter que la SCJN otorgó plena efectividad al derecho de la mujer de interrumpir su embarazo. Reveló que existieron presiones por parte de grupos conservadores para que se declarará ilimitada esta «objeción de conciencia» y en los hospitales públicos las mujeres no pudieran recibir el servicio.
“Todos los grupos conservadores que se oponen al derecho de las mujeres están presionando para que este tribunal reconozca una objeción de conciencia ilimitada, porque saben perfectamente que si esto pasa, ahí se acaba el ejercicio de las mueres a tener un aborto digno, lo que es obligatorio para el Estado de acuerdo a la propia sentencia de este Tribunal Constitucional»
Hoy la #SCJN da plena efectividad al derecho a la interrupción del embarazo. La ley debe establecer las condiciones y modalidades para que la objeción de conciencia no interfiera con los deberes de disponibilidad en materia de salud, en especial con los DDHH de las mujeres. pic.twitter.com/4QgIki5CRA
— Arturo Zaldívar (@ArturoZaldivarL) September 20, 2021