Los servidores públicos del Estado de México contarán con una licencia de paternidad de hasta 45 días naturales con goce de sueldo, establecen las reformas al artículo 65 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios aprobadas por la LX Legislatura mexiquense.
La reforma, propuesta por el titular del Ejecutivo estatal, también homologa, en el caso de adopciones, los derechos de ambos servidores públicos (padre y madre) para que cuenten con 45 días de licencia, mientras que en el caso de partos múltiples podrán solicitar una licencia extendida hasta por 45 días naturales más.
Además, establece que en apoyo de la madre o padre soltero, servidores públicos, que cuenten con la guarda o custodia legal del hijo o hija menor de 12 años con discapacidad o enfermedad crónica, podrán solicitar una licencia de cuidados parentales de hasta 45 días naturales.
El diputado Luis Antonio Guadarrama Sánchez, presidente de la Comisión de Trabajo, Previsión y Seguridad Social, presentó el dictamen aprobado por unanimidad, el cual reconoce que en la entidad se ha ido conformado un marco normativo orientado a la igualdad de oportunidades sociales, económicas y políticas y por el ejercicio pleno de los derechos laborales de mujeres y hombres.
En este sentido, la reforma va encaminada a fortalecer la participación del padre en el ámbito familiar, de tal forma que, en el cuidado, la enseñanza y la protección de los recién nacidos participe en igualdad de circunstancias que la madre.