Propone ministro declarar inconstitucional consulta sobre juicio a ex presidentes

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Luis María Aguilar, propone declarar inconstitucional una consulta sobre si se debe enjuiciar a ex presidentes, como lo propuso el presidente Andrés Manuel López Obrador, pues “no se puede someter a consulta la aplicación de la Ley”. 

De acuerdo con su proyecto, “esta Suprema Corte de Justicia de la Nación considera que el objeto de la consulta popular debe considerarse inconstitucional, pues la materia que se solicita consultar, de acuerdo a su diseño y contenido, conlleva en sí una restricción de los derechos humanos de las mexicanas y mexicanos y una afectación a las garantías para su protección, al condicionar su efectividad y ejecución al resultado de ese mecanismo participativo; desnaturalizando con ello su propósito y finalidad”.

La solicitud de consulta fue presentada por el presidente AMLO en días pasados, ante el Senado de la República, que a su vez la remitió a la Suprema Corte para la calificación de la constitucionalidad del objeto de la consulta y la pregunta propuesta.

La pregunta que propone López Obrador es: “¿Está de acuerdo o no con que las autoridades competentes, con apego a las leyes y procedimientos aplicables, investiguen, y en su caso sancionen, la presunta comisión de delitos por parte de los ex presidentes Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quesada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto antes, durante y después de sus respectivas gestiones?”.

El proyecto sostiene que el objeto de esta consulta sería inconstitucional “porque su núcleo central se enmarca en una de las materias o supuestos que están prohibidos constitucionalmente para este tipo de ejercicios, consistente en que la consulta popular no puede someter a la voluntad popular decisiones que en cualquier sentido impliquen una restricción de los derechos humanos ni de sus garantías de protección”.

Anotó que “los derechos de las personas que se encuentran en México no son negociables, ni son concesiones u obsequios que las autoridades dan a las personas” y por lo tanto “no puede realizarse una consulta popular que condicione la vigencia de los derechos humanos a lo que decidan las mayorías”.

Y abundó que “a la ciudadanía no le corresponde decidir si se deben investigar o procesar los delitos cometidos en ejercicio de la función pública, la participación ciudadana tiene otros medios de interacción en esa dimensión, a ella compete obligadamente denunciar los hechos delictivos de los que tengan noticia y coadyuvar, en su caso, con las instituciones del Estado”.