Explotación de personas indígenas y en vulnerabilidad será castigado como delito de mendicidad ajena; se incorpora legislación en Edomex
Las Comisiones Unidas del Congreso del Estados de México, aprobaron la incorporación del delito de «mendicidad ajena» a la legislación local, para castigarse con penas de cárcel en modalidad de trata de personas.
De acuerdo a la diputada Juana Bonilla Jaime y el legislador Martín Zepeda Hernández, quienes presentaron la propuesta con la finalidad de erradicar la mendicidad forzada, indicaron que el delito de mendicidad ajena, será entendido como la explotación para obtener un beneficio, valiéndose de la vulnerabilidad de una persona, y obligarla a pedir limosna o caridad contra su voluntad, por medio del uso de la fuerza, coacción o engaño.
La diputada Karina Labastida Sotelo, indicó que la mendicidad ajena, lesiona la dignidad, agravándose por el crimen organizado, que ha hecho del tráfico de personas, una fuente de ingresos.
Esta situación ha propiciado la migración de comunidades indígenas al Estado de México, pues se vuelven víctimas potenciales de la delincuencia.
La reforma al Código Penal del Estado de México plantea equiparar la mendicidad ajena con la trata de personas, delito que se castiga con penas de 6 a 12 años de prisión, o de 9 a 18 años, cuando es perpetrado por servidores públicos.
El dictamen establece que, dichas sentencias serán incrementadas al doble cuando el delito sea cometido contra personas pertenecientes a un grupo indígena o bajo condiciones de marginalidad y vulnerabilidad social.