El Congreso del Estado de México aprobó la despenalización del aborto hasta las 12 semanas de gestación mediante una reforma al Código Penal estatal, convirtiéndose en la 18ª entidad del país en tomar esta medida. La reforma refuerza los derechos reproductivos y sexuales, permitiendo que las mujeres y personas gestantes tomen decisiones sobre su salud sin enfrentar consecuencias penales. A partir de ahora, el aborto solo será considerado un delito si se realiza después del plazo de tres meses, con penas que varían entre seis meses a un año de prisión dependiendo de las circunstancias.
La reforma también establece sanciones severas para el personal médico que realice abortos fuera de este plazo, incluyendo la suspensión de su ejercicio profesional y penas de hasta 20 años en caso de reincidencia. Sin embargo, el aborto no será penalizado en casos de violación, cuando exista peligro para la vida de la persona gestante, o en situaciones donde el embarazo sea producto de inseminación no consentida.
Este cambio en el Estado de México se produce en un contexto de avances en otros estados, como la Ciudad de México y Oaxaca, que también han aprobado leyes similares. Además, en 2021 la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró que criminalizar el derecho a decidir sobre el embarazo es inconstitucional, fortaleciendo aún más el marco legal que respalda la despenalización del aborto.