Aprueban la portación de más de 5 g de marihuana para uso personal
Este miércoles la ‘Suprema Corte de justicia de la Nación’ aprobó en votación dividida, tres a dos, que la penalización por posesión de más de cinco gramos de marihuana es inconstitucional, solo si es para consumo personal.
Esto resulta en la invalidación de una parte del artículo 478 de la ‘Ley General de Salud’ que castigaba con tres años de prisión a quien superara esa cantidad. Sin embargo, esto ya no procede y serán los jueces o fiscales quienes determinen si la droga es para consumo personal o no en cada caso.
Por el momento esta decisión solo beneficiará a las personas que interpusieron un amparo, sin embargo, está sentando un precedente para que en un futuro no se procese a consumidores que porten más de cinco gramos de marihuana.